Requisitos para ciclistas
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Requisitos para ciclistas

6.1

El ciclismo está permitido para personas mayores de 14 años.

6.2

El ciclista tiene derecho a controlar la bicicleta, que está equipada con una señal audible y retroreflectores: delante - blanco, a los lados - naranja, detrás - rojo.

Para moverse en la oscuridad y en condiciones de visibilidad insuficiente, se debe instalar y encender una lámpara (faro).

6.3

Los ciclistas que se mueven en grupos deben viajar uno tras otro para no interferir con otros usuarios de la carretera.

Una columna de ciclistas que se mueve a lo largo de la carretera debe dividirse en grupos (hasta 10 ciclistas en un grupo) con una distancia de movimiento entre grupos de 80-100 m.

6.4

Un ciclista solo puede transportar mercancías que no interfieran con la bicicleta y no creen obstáculos para otros usuarios de la carretera.

6.5

Si el carril bici cruza la carretera fuera de la intersección, los ciclistas deben dar paso a otros vehículos que se mueven a lo largo de la carretera.

6.6

El ciclista tiene prohibido:

a)maneje una bicicleta con un freno defectuoso, una señal audible y en la oscuridad y en condiciones de baja visibilidad, con la lámpara (faro) apagada o sin reflectores;
b)moverse en autopistas y caminos para automóviles, así como en la calzada, si hay un carril bici cerca;
c)moverse por las aceras y senderos (excepto para niños menores de 7 años en bicicletas para niños bajo la supervisión de adultos);
d)aferrarse a otro vehículo mientras conduce;
mi)conduzca sin sostener el volante y retire las patas de los pedales (estribos);
d)transportar pasajeros en bicicleta (con la excepción de niños menores de 7 años, transportados en un asiento adicional equipado con reposapiés fijos);
f)bicicletas de remolque;
es)remolcar un remolque que no esté diseñado para usarse con una bicicleta.

6.7

Los ciclistas deben cumplir con los requisitos de este Reglamento con respecto a los conductores o peatones y no contradicen los requisitos de esta sección.

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