Reglas de trafico. Ciertas cuestiones de tráfico que requieren coordinación con la inspección estatal de tráfico.
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Reglas de trafico. Ciertas cuestiones de tráfico que requieren coordinación con la inspección estatal de tráfico.

32.1

Los siguientes están de acuerdo con la Policía Nacional:

a)colocación de quioscos, pabellones, medios publicitarios, puntos de comercio móvil, así como en territorios adyacentes, edificios, estructuras - locales administrativos de empresas, instituciones y organizaciones en el derecho de paso de carreteras o líneas rojas de calles y carreteras de la ciudad y sus estructuras artificiales;
b)condiciones y orden de movimiento de las columnas que consisten en más de cinco vehículos automotores;
c)procedimiento de remolque para dos o más vehículos;
d)rutas y una lista de carreteras en las que se puede realizar la capacitación en la conducción de vehículos (excluidas de las reglas de tráfico sobre la base de la Resolución del Gabinete de Ministros de Ucrania No. 660 del 30.08.2017/XNUMX/XNUMX).

Otros asuntos de garantizar la seguridad vial estipulados por los actos legislativos también se coordinan con los cuerpos de la Policía Nacional.

32.2

Se acuerda con los organismos territoriales para la prestación de servicios del Ministerio del Interior:

a)requisitos técnicos, diseño e instalación en vehículos de dispositivos especiales de señalización de sonido y luz (excepto la instalación de una luz intermitente naranja en vehículos grandes y pesados, en maquinaria agrícola, cuyo ancho excede los 2,6 m), indicadores luminosos y marcas de identificación de vehículos de emergencia , así como la aplicación de rayas blancas oblicuas en las superficies laterales exteriores de los vehículos;
b)reequipamiento de vehículos.

Otros asuntos estipulados por los actos legislativos también se coordinan con los organismos territoriales para la prestación de servicios del Ministerio del Interior.

32.3

Está prohibido, incluso en las condiciones de empresas especializadas que realizan reparaciones y mantenimiento de vehículos, modificar los números de identificación y las placas de matrícula del cuerpo o chasis (marco), el motor del vehículo, así como su destrucción (transferencia, fijación, restauración, etc.) n.) sin coordinación previa con los organismos territoriales para la prestación de servicios del Ministerio del Interior.

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