Reglas de trafico. Adelantamiento
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Reglas de trafico. Adelantamiento

14.1

El adelantamiento de vehículos no ferroviarios está permitido solo a la izquierda.

* (Nota: el párrafo 14.1 se elimina de las Reglas de circulación mediante el Decreto KM No. 111 del 11.02.2013/XNUMX/XNUMX)

14.2

Antes de adelantar, el conductor debe asegurarse de que:

a)ninguno de los conductores de vehículos que se mueven detrás de él y al que se puede crear un obstáculo no ha comenzado a adelantar;
b)el conductor del vehículo, que avanza en el mismo carril, no ha señalado la intención de girar (reconstruir) hacia la izquierda;
c)el carril de entrada al que saldrá está libre de vehículos a una distancia suficiente para adelantar;
d)después de adelantar, puede, sin crear obstáculos para que el vehículo sea superado por él, regresar al carril ocupado.

14.3

El conductor del vehículo adelantado tiene prohibido obstruir el avance al aumentar la velocidad de movimiento u otras acciones.

14.4

Si en la carretera fuera del asentamiento la situación del tráfico no permite adelantar a la maquinaria agrícola, cuyo ancho excede los 2,6 m, un vehículo de baja velocidad o de gran tamaño, su conductor debe moverse lo más a la derecha posible y, si es necesario, detenerse en el costado de la carretera y dejar que el transporte significa moverse detrás de él.

14.5

Un conductor de un vehículo que realiza adelantamientos puede permanecer en el carril que se aproxima si, después de regresar al carril previamente ocupado, tendrá que adelantar nuevamente, siempre que no ponga en peligro los vehículos que se aproximan y tampoco interfiera con los vehículos que se mueven detrás de él. con una mayor velocidad

14.6

Adelantamiento prohibido:Volver a la tabla de contenido.

a)en la encrucijada;
b)en pasos a nivel y a menos de 100 m delante de ellos;
c)más cerca de 50 m antes del cruce de peatones en el pueblo y 100 m - fuera del pueblo;
d)al final de la subida, en puentes, pasos elevados, pasos elevados, curvas cerradas y otros tramos de carreteras con visibilidad limitada o en condiciones de visibilidad insuficiente;
mi)un vehículo que adelanta o se desvía;
d)en túneles;
f)en carreteras que tienen dos o más carriles para el tráfico en una dirección;
es)convoy de vehículos, detrás del cual se mueve un vehículo con una luz intermitente encendida (excepto la naranja).

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