Reglas de trafico. Movimiento internacional.
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Reglas de trafico. Movimiento internacional.

29.1

Un conductor de un vehículo motorizado que llegue a Ucrania desde otro país, así como un conductor que sea ciudadano de Ucrania y viaje al extranjero, debe tener:

a)documentos de registro para un vehículo y licencia de conducir que cumplan con los requisitos de la Convención sobre Tráfico Vial (Viena, 1968);
b)placa de matrícula en el vehículo, cuyas letras corresponden al alfabeto latino, así como la marca de identificación del estado en el que está registrado.

29.2

Un vehículo que ha estado en tráfico internacional en el territorio de Ucrania durante más de dos meses debe estar registrado temporalmente en un organismo autorizado del Ministerio del Interior, excepto los vehículos propiedad de ciudadanos extranjeros y apátridas que se encuentren en Ucrania de vacaciones o en tratamiento con los permisos apropiados u otros documentos para el período determinado por el Servicio de Aduanas del Estado.

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