Leyes de tráfico. Tráfico en la zona residencial y peatonal.
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Leyes de tráfico. Tráfico en la zona residencial y peatonal.

26.1

Los peatones pueden moverse en el área residencial y peatonal a lo largo de las aceras y a lo largo de la carretera. Los peatones tienen una ventaja sobre los vehículos, pero no deben crear obstáculos irrazonables para su movimiento.

26.2

En el área residencial, está prohibido:

a)tráfico de tránsito de vehículos;
b)estacionamiento de vehículos fuera de las áreas designadas y su ubicación, lo que complica el movimiento de peatones y el paso de vehículos operativos o especiales;
c)estacionamiento con motor en funcionamiento;
d)paseo de entrenamiento;
mi)el movimiento de camiones, tractores, máquinas y mecanismos autopropulsados ​​(a excepción de las instalaciones de servicio y los ciudadanos que realizan trabajos tecnológicos o que pertenecen a ciudadanos que viven en esta zona).

26.3

La entrada a la zona peatonal está permitida solo para vehículos que atienden a ciudadanos y negocios ubicados en el área especificada, así como vehículos pertenecientes a ciudadanos que viven o trabajan en esta área, o automóviles (carruajes motorizados) marcados con la marca de identificación "Conductor con discapacidad". operado por conductores con discapacidad o conductores que transportan pasajeros con discapacidad. Si hay otras entradas a los objetos ubicados en este territorio, los conductores solo deben usarlos.

26.4

Al abandonar el área residencial y peatonal, los conductores deben ceder el paso a otros usuarios de la carretera.

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