Responsabilidades de los peatones
Sin categorizar

Responsabilidades de los peatones

modificado el 8 de abril de 2020

4.1.
Los peatones deberán circular por aceras, aceras, ciclovías y, en su defecto, por los bordes de las carreteras. Los peatones que transporten o lleven objetos voluminosos, así como las personas que se desplacen en sillas de ruedas, podrán circular por el borde de la calzada si su movimiento en las aceras o arcenes interfiere con el de otros peatones.

En ausencia de aceras, aceras, carriles bici o arcenes, así como en caso de imposibilidad de circular por ellos, los peatones pueden circular por el carril bici o caminar en una sola línea a lo largo del borde de la calzada (en calzadas con franja divisoria , a lo largo del borde exterior de la calzada).

Al conducir por el borde de la calzada, los peatones deben ir hacia el movimiento de los vehículos. Las personas que se mueven en sillas de ruedas, conducen motocicletas, ciclomotores, bicicletas, en estos casos deben seguir la dirección de movimiento de los vehículos.

Al cruzar la carretera y conducir a lo largo de los bordes de la carretera o en el borde de la calzada por la noche o en condiciones de visibilidad insuficiente, se aconseja a los peatones, y los peatones deben llevar objetos con elementos retrorreflectantes y garantizar la visibilidad de estos objetos por parte de los conductores de vehículos fuera de los asentamientos.

4.2.
La circulación de columnas organizadas de peatones a lo largo de la calzada está permitida únicamente en el sentido de circulación de los vehículos por el lado derecho de no más de cuatro personas seguidas. Delante y detrás de la columna en el lado izquierdo debe haber escoltas con banderas rojas, y en la oscuridad y en condiciones de visibilidad insuficiente, con luces encendidas: delante - blanco, detrás - rojo.

Los grupos de niños pueden conducir solo por aceras y senderos, y en su ausencia, también por los bordes de las carreteras, pero solo durante el día y solo si están acompañados por adultos.

4.3.
Los peatones deben cruzar la calzada por los pasos de peatones, incluidos los subterráneos y elevados, y en su defecto, por los cruces a lo largo de la línea de aceras o arcenes.

En una intersección reglamentada, se permite cruzar la calzada entre las esquinas opuestas de la intersección (en diagonal) solo si hay marcas 1.14.1 o 1.14.2, que indiquen dicho paso de peatones.

Si no hay ningún cruce o intersección a la vista, se le permite cruzar la carretera en ángulos rectos con el borde de la calzada en áreas sin una línea divisoria y cercos donde sea claramente visible en ambas direcciones.

Los requisitos de este párrafo no se aplican a las áreas de bicicletas.

4.4.
En los lugares donde el tránsito está regulado, los peatones deben guiarse por las señales del controlador de tránsito o un semáforo peatonal y, en su defecto, un semáforo de transporte.

4.5.
En los cruces peatonales no regulados, los peatones pueden ingresar a la calzada (vías del tranvía) después de estimar la distancia a los vehículos que se aproximan, su velocidad y asegurarse de que el cruce sea seguro para ellos. Al cruzar la carretera fuera del paso de peatones, los peatones, además, no deben interferir con el movimiento de los vehículos y dejar atrás un vehículo parado u otro obstáculo que limite la visibilidad sin asegurarse de que no se acerque ningún vehículo.

4.6.
Al salir de la calzada (vías del tranvía), los peatones no deben detenerse o detenerse, si esto no está relacionado con la seguridad del tráfico. Los peatones que no tienen tiempo para completar el cruce deben detenerse en el islote de seguridad o en la línea que divide los flujos de tráfico en direcciones opuestas. Puede continuar la transición solo después de asegurarse de la seguridad del tráfico adicional y de tener en cuenta la señal del semáforo (controlador de tráfico).

4.7.
Cuando los vehículos se acercan con una luz azul intermitente (azul y roja) y una señal de sonido especial, los peatones deben abstenerse de cruzar la carretera, y los peatones ubicados en la calzada (vías del tranvía) deben despejar inmediatamente la calzada (vías del tranvía).

4.8.
Está permitido esperar un vehículo lanzadera y un taxi solo en los puntos de aterrizaje elevados sobre la calzada y, en su defecto, en la acera o en el borde de la carretera. En los lugares de parada de los vehículos de ruta que no estén equipados con áreas elevadas de aterrizaje, se permite ingresar a la calzada para abordar el vehículo solo después de que se haya detenido. Después de desembarcar, es necesario, sin demora, despejar la calzada.

Al cruzar la calzada hacia el lugar de parada del vehículo de ruta o desde él, los peatones deben guiarse por los requisitos de los párrafos 4.4 - 4.7 de las Reglas.

Volver a la tabla de contenido.

Añadir un comentario