Inicio del movimiento y cambio de dirección.
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Inicio del movimiento y cambio de dirección.

10.1

Antes de comenzar el movimiento, la reconstrucción y cualquier cambio de dirección, el conductor debe asegurarse de que será seguro y no creará obstáculos ni peligro para otros participantes en el movimiento.

10.2

Al salir de la carretera desde una zona residencial, patios, estacionamientos, estaciones de servicio y otros territorios adyacentes, el conductor debe ceder el paso a los peatones y vehículos que se mueven a lo largo de ella frente a la calzada o la acera, y al salir de la carretera hacia ciclistas y peatones, cuya dirección de movimiento debe cruces

10.3

Al cambiar de carril, el conductor debe dejar paso a los vehículos que se mueven en la misma dirección a lo largo del carril en el que tiene la intención de cambiar de carril.

Con la reconstrucción simultánea de vehículos que se mueven en una dirección, el conductor, que está a la izquierda, debe ceder el paso al vehículo a la derecha.

10.4

Antes de girar a la derecha y a la izquierda, incluso en la dirección de la carretera principal, o girar, el conductor debe tomar una posición extrema apropiada en la calzada destinada a moverse en esta dirección por adelantado, excepto cuando se hace un giro al entrar en la intersección donde se organiza el tráfico , la dirección del movimiento está determinada por las señales o marcas viales, o el movimiento solo es posible en una dirección establecida por la configuración de la calzada, señales o marcas viales.

Un conductor que hace un giro a la izquierda o un giro fuera de una intersección desde la posición extrema correspondiente en la calzada de una dirección dada debe dar paso a los vehículos que se aproximan, y al realizar estas maniobras no desde la posición extrema izquierda en la calzada, a los vehículos que pasan. El conductor que gire a la izquierda debe dejar paso a los vehículos que se mueven frente a él y realizar un giro en U.

Si hay un medidor de tranvía en el medio de la calzada, el conductor de un vehículo no ferroviario, girando a la izquierda o fuera de la intersección, debe dar paso al tranvía.

10.5

El giro debe realizarse de modo que al salir de la intersección de las calzadas, el vehículo no aparezca en el carril que se aproxima, y ​​al girar a la derecha, debe acercarse al borde derecho de la calzada, excepto en el caso de salir de la intersección donde el tráfico está organizado en una dirección circular donde la dirección de la carretera está determinada por la carretera. señales o marcas viales o donde el tráfico solo es posible en una dirección. La salida desde la intersección donde se organizan las rotondas se puede llevar a cabo desde cualquier carril si la dirección del movimiento no está determinada por señales o marcas viales y esto no interferirá con los vehículos que viajan en la dirección correcta a lo largo de la dirección correcta (nuevos cambios del 15.11.2017/XNUMX/XNUMX).

10.6

Si el vehículo, debido a sus dimensiones u otras razones, no puede girar o girar desde la posición extrema correspondiente, se le permite desviarse de los requisitos del párrafo 10.4 de este Reglamento, si esto no contradice los requisitos de prohibición o prescripción de señales de tráfico, marcas viales y no crea peligro u obstrucción otros participantes en el movimiento. Si es necesario, para garantizar la seguridad del tráfico, debe buscar ayuda de otros.

10.7

El giro en U está prohibido:

a)en pasos a nivel;
b)en puentes, pasos superiores, pasos superiores y debajo de ellos;
c)en túneles;
d)cuando el camino es visible a menos de 100 m en al menos una dirección;
mi)en cruces peatonales y a menos de 10 m de ellos en ambos lados, excepto en el caso de un giro en U permitido en una intersección;
d)en las autopistas, así como en las carreteras para automóviles, a excepción de los cruces y lugares indicados por las señales de tráfico 5.26 o 5.27.

10.8

Si hay un carril de frenado en el punto de salida de la carretera, el conductor que tiene la intención de girar en otra carretera debe cambiar rápidamente de carril a este carril y reducir la velocidad solo en él.

Si hay un carril de aceleración en la entrada de la carretera, el conductor debe moverse a lo largo de él y unirse a la corriente de tráfico, dando paso a los vehículos que se mueven a lo largo de esta carretera.

10.9

Al retroceder el vehículo, el conductor no debe crear peligro u obstrucción para otros participantes en el movimiento. Para garantizar la seguridad del tráfico, debe, si es necesario, buscar ayuda de otras personas.

10.10

Está prohibido revertir vehículos en autopistas, carreteras de automóviles, cruces ferroviarios, cruces peatonales, cruces, puentes, pasos superiores, pasos superiores, en túneles, en las entradas y salidas de ellos, así como en secciones de caminos con visibilidad limitada o poca visibilidad.

Se permite revertir en carreteras de sentido único siempre que se cumplan los requisitos del párrafo 10.9 de estas Reglas y sea imposible acercarse al objeto de otra manera.

10.11

Si las trayectorias de los vehículos se cruzan, y la secuencia de viaje no está estipulada por estas Reglas, el conductor debe ceder el paso al cual se aproxima el vehículo desde el lado derecho.

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