Tráfico de autopista
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Tráfico de autopista

modificado el 8 de abril de 2020

16.1.
En las autopistas está prohibido:

  • el movimiento de peatones, mascotas, bicicletas, ciclomotores, tractores y automóviles autopropulsados, otros vehículos, cuya velocidad, según las características técnicas o su estado, es inferior a 40 km / h;

  • el movimiento de camiones con una masa máxima permitida de más de 3,5 toneladas más allá del segundo carril;

  • detenerse fuera de las áreas especiales de estacionamiento marcadas con las señales 6.4 o 7.11;

  • Vuelta en U y entrada en las brechas tecnológicas de la franja divisoria;

  • retroceder

16.2.
En caso de una parada forzada en la calzada, el conductor debe designar el vehículo de acuerdo con los requisitos de la Sección 7 de las Reglas y tomar medidas para llevarlo al carril designado (a la derecha de la línea que marca el borde de la calzada).

16.3.
Los requisitos de esta sección también se aplican a las carreteras marcadas con el signo 5.3.

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